Los recursos administrativos que pueden interponerse para la impugnación de una resolución de primera instancia emitida por IIRSA NORTE S.A. son.

  • Recurso de reconsideración

El recurso de reconsideración se interpondrá ante IIRSA NORTE S.A. como órgano que dictó la resolución de primera instancia y que resolverá dicho recurso en el plazo de veinte (20) días hábiles desde recibido el mismo. El recurso de Reconsideración deberá sustentarse en nueva prueba.

En caso IIRSA Norte omitiese pronunciarse sobre el recurso de reconsideración en el plazo antes señalado, se aplicará el silencio administrativo positivo.

  • Recurso de apelación

El recurso de apelación se dirige a IIRSA NORTE S.A., quien elevará lo actuado al Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del OSITRAN (TSC) en un plazo de máximo de quince (15) días hábiles de recibido el recurso.   

Procede la apelación cuando la impugnación se sustente en una diferente interpretación de las pruebas producidas; cuando se trate de cuestiones de puro derecho; se sustente en una nulidad; o cuando teniendo una nueva prueba, no se opte por el recurso de reconsideración.

  • CANALES PARA LA PRESENTACIÓN DE RECURSOS:

El usuario podrá presentar los recursos de reconsideración y apelación a través de los siguientes canales:

  • Por documento escrito en la Mesa de Partes de la Unidad de Peaje o Pesaje

Puede revisar el listado de unidades en el siguiente enlace: https://www.iirsanorte.com.pe/servicios/#unidades

La atención es de Lunes a Domingo las 24 horas.

  • Por documento escrito en la Mesa de Partes de la Oficinas Administrativas

Ubicada en Av. Víctor Andrés Belaunde 280, piso 5 San Isidro – Lima.

Lunes a Viernes en horario de 9:00 am a 5:00 pm.

  • Vía telefónica, a través de los siguientes números:
  • Línea gratuita: 0800-00369
  • Fijo: 073-323204 
  • RPC: 989008811
  • RPM: 973882351

        Horario de atención: 24 horas del día, los 365 días del año. 

  • PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LOS RECURSOS 

Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes contados desde notificada la resolución que se impugna. 

  •  DEPENDENCIA ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE RESOLVER LOS RECURSOS


  • Recurso de Reconsideración: La Gerencia General de IIRSA Norte


  • Recursos de Apelación: El Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del OSITRAN (TSC)


  • FORMULARIOS O FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN DE RECURSOS

El OSITRAN ha puesto a disposición de los usuarios formularios modelos para la interposición de los recursos de reconsideración y apelación, los mismos que podrán ser ubicados en el siguiente link: https://www.ositran.gob.pe/anterior/usuarios/formularios/ 

RECURSO DE QUEJA

  • CAUSALES  
  • La queja puede ser interpuesta ante el Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del OSITRAN, en cualquier estado del procedimiento, por defectos en la tramitación del reclamo y, en especial:
  • Cuando haya infracción a los plazos que supongan una paralización o retraso del procedimiento.
  • Cuando se deniegue injustificadamente la concesión de los recursos de apelación y/o reconsideración.
  • Cuando se concedan los recursos de apelación y/o reconsideración en contravención a lo dispuesto por las normas aplicables.
  • Su interposición no suspende la tramitación del procedimiento de reclamo correspondiente.

  • ELEVACIÓN DE LA QUEJA INTERPUESTA DIRECTAMENTE ANTE IIRSA NORTE S.A.

En caso la queja se presente directamente ante IIRSA NORTE S.A., ésta deberá remitirla directa e inmediatamente, dentro del mismo día de su presentación al Tribunal de Solución de Controversias del OSITRAN, de acuerdo al artículo 143° del TUO de la LPAG.

El incumplimiento en la remisión será sancionado de acuerdo con el Reglamento de Infracciones y Sanciones de OSITRAN.

  • PLAZO RESOLUTORIO

El Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del OSITRAN resolverá la queja dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, desde recibida la queja, pudiendo para estos efectos sesionar virtualmente. La resolución expedida por el Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del OSITRAN no es impugnable.

  • FORMULARIO O FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN DE UNA QUEJA 

El OSITRAN ha puesto a disposición de los usuarios un formulario modelo  para la interposición de quejas, el mismo que podrá ser ubicado en el siguiente link:  https://www.ositran.gob.pe/anterior/wp-content/uploads/2020/08/formulario-queja-tsc.pdf